Las labores del albacea testamentario en 2020

El albacea es una persona nombrada por ti que firmas el testamento, siendo las labores del albacea testamentario asegurarse que se cumpla tu voluntad y disminuir o evitar al máximo los posibles conflictos entre los herederos o sucesores.

El albacea se asegura que se cumpla la voluntad del testador.

Muchas personas no los incluyen en el testamento por desconocimiento de su existencia o sus funciones,  porque las labores del albacea testamentario son poco conocidas.

Te voy explicar  qué son los albaceas y la tareas que suelen realizar, para que puedas tomar tu decisión mejor informado.

¿Es obligatorio nombrar un albacea?

No. Con nuestras leyes son los herederos quienes deben ejecutar la voluntad del testador y gestionar su patrimonio.

Un albacea no es obligatorio.

Aunque el testador puede nombrar a uno o varios albaceas para asegurarse que se cumple su voluntad.

¿Cuándo es conveniente poner un albacea en el testamento?

Cuanto más sofisticado, difícil o complejo sea el patrimonio que vas a dejar, más sentido tiene nombrar un albacea.

Es recomendable en situaciones en las que puedan haber varios herederos que puedan entrar en conflicto a la hora de interpretar y ejecutar tu voluntad.

También es conveniente nombrarlo cuando dejas a menores de edad o discapacitados.

Nombrar un albacea también se aconseja, cuando quieras dejar todo o parte de tu patrimonio a una fundación o a entidades sin ánimo de lucro.

¿El albacea va siempre a actuar?

Pues no es necesario. Puedes incluir en el testamento que el albacea solo actuará en el caso de que los herederos no se pongan de acuerdo y no lleguen a un acuerdo para repartir los bienes.

¿Qué funciones tiene el albacea?

Como testador tienes libertad para fijar las funciones que quieres que haga. Con carácter general, al albacea se le suelen atribuir las siguientes funciones:

Las labores del albacea testamentario

  • Interpretar tu voluntad.
  • Procurar el cumplimiento de todas las disposiciones contempladas en el testamento.
  • Cumplir con los legados, las cargas o condiciones.
  • Hacer el inventario de lo que dejas, valorarlo, hacer la partición y hacer adjudicación de tus bienes  a los herederos.

 

¿Cuánto tiempo tiene para ejecutar mi voluntad?

Es conveniente que fijes en el testamento un plazo razonable, que dependerá de las tareas o deberes que le asignes.

Si no fijas un plazo concreto para que cumpla con sus funciones hay que mirar qué dice la ley del lugar en donde resides.

¿Nombro a un albacea o a varios?

Cuando haces un testamento has de pensar que pasarán muchos años antes de que fallezcas, así que puedes nombrar a un único albacea, aunque sería más prudente,  nombrar albaceas sucesivos o sustitutos, para el caso de que el primer nombrado, no esté o no pueda realizar sus funciones, el cargo salte al segundo en la lista.

Incluso puedes nombrar a varios que actúen conjuntamente. También se puede nombrar a varios que actúen indistintamente, pero no parece la mejor opción, si quieres evitar que cada uno actúe por su cuenta.

Si nombras a personas de confianza (familia o amigos), puedes dejar escrito que actúen conjuntamente para tratar de asegurarte que sean más resueltos y expeditivos, o también dejar ordenado, que puedan ellos delegar parte de sus funciones en profesionales que estimen oportunos.

¿El albacea cobra?

Depende de tu residencia habitual. España tiene leyes forales distintas. En el derecho común, el que se aplica a casi toda España se fija que el cargo es gratuito y deja libertad al testador el retribuirle o no.

En cambio, el derecho foral catalán establece que salvo que el albacea disponga otra cosa o señale el cargo como gratuito, el albacea universal tendrá derecho a un 5% del valor del activo hereditario líquido.

Por ejemplo, en Navarra, cuando el testador no haya dispuesto otra cosa, se estará a la costumbre del lugar o en su defecto, a lo que fuere equitativo.

¿Y si el albacea tiene gastos?

Sea pagado o gratuito el cargo, es conveniente dejar establecido que el albacea pueda recuperar los gastos justificados que tenga por ejercer su cargo.

¿Tengo que decirle al albacea que lo he nombrado?

No tienes por qué hacerlo. Si no le comunicas nada, el albacea se enterará cuando se abra tu testamento. Una vez conozca su nombramiento podrá aceptarlo o renunciar. Lo que sí parece prudente es que antes de nombrarlo tengas seguridad en que va a ejercer su función cuanto tú no estés.

En este artículo te he tratado de explicar qué es un albacea y las labores del albacea testamentario, para que puedas decidir si nombras uno en el momento de hacer testamento.

José Ramón Lastres - Abogado José Ramón Lastres. Abogado – CEO de TuTestamento.com